SOLUCIÓN DE INTEGRACIÓN CON SILICIE – SUMINISTRO INMEDIATO DE LIBROS CONTABLES DE IMPUESTOS ESPECIALES

El Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre, ha modificado, entre otros, el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales, que regula las obligaciones de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de dichos impuestos, así como de las materias primas, en su caso, necesarias para obtenerlos. En palabras más llanas, esta modificación normativa supone, para quien tenga la obligación, llevar los libros de almacén de los productos objeto de Impuestos Especiales en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, en una aplicación que para este efecto se ha puesto a disposición.

Para esto, a partir de la fecha de puesta en funcionamiento, 1 de Enero de 2020, se deberá informar, en un primer paso, de las existencias iniciales y, posteriormente y de manera periódica, de todos los movimientos de entradas y salidas relevantes de los productos objeto del impuesto. En contrapartida, se eliminará la obligatoriedad de informar de la declaración mensual de operaciones.

El nuevo requerimiento normativo implica varias actuaciones en las empresas obligadas a estas presentaciones. Por una parte, organizativamente afecta a las actividades de las personas responsables de las declaraciones teniendo en cuenta, por lo menos, que la periodicidad de las declaraciones pasará de mensual a diaria, pero también a los responsables de los registro de los movimientos de entradas y salidas en los sistemas, que deben ser realizados en los momentos oportunos. Por otra parte, desde el punto de vista de sistemas, se deberá revisar dónde y cómo obtener los datos con la calidad, fiabilidad y periodicidad necesaria. También desde el punto de vista de sistemas habrá que tomar decisiones sobre cómo suministrar telemáticamente los datos en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, para lo que hay habilitados tres procedimientos: a través de FORMULARIO en sede electrónica, mediante IMPORTACIÓN DE FICHERO plano de texto o a través de SERVICIOS WEB.

En Stratesys hemos hecho frente a este requerimiento legal con nuestra solución paquetizada (Productivity Pack) de integración con SILICIE, especialmente diseñada para ofrecer cobertura al cumplimiento de esta obligación. Mediante este producto se obtienen los datos, se chequean y convierten, y se suministran directamente al portal de SILICIE. Desde un monitor se controla el proceso mediante gestión de status, alarmas e informes de cuadre. Como premisa de partida se presupone que los libros de estos productos ya se tienen disponibles en el sistema.

Desde Stratesys ofrecemos tanto la solución como los servicios de implantación y mantenimiento. En el caso de no cumplir con la premisa inicial necesaria para el funcionamiento de la aplicación, ofrecemos también los servicios de análisis e implantación en el ERP para la gestión de los datos maestros e movimientos de Impuestos Especiales

SILICIE ya ha entrado en vigor. Desde el pasado 1 de enero del 2020 este programa ya forma parte de la operativa diaria de los establecimientos obligadas de alcohol y bebidas alcohólicas, labores del tabaco e hidrocarburos. Sin embargo, todavía existe un periodo de transición facilitado por la AEAT en el que se podrá empezar a reportar el 1 de julio del 2020. Más información en el siguiente enlace

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